Información precontractual · Art. 19 Ley 16/2018
Información del mediador
Grupo ASegura es el nombre comercial bajo el que ejerce Alberto Suárez Gutiérrez. Esta página recoge la información que la Ley de Distribución de Seguros obliga a facilitarte antes de que contrates nada.
Identificación
- Mediador
- Alberto Suárez Gutiérrez
- Figura
- Corredor de seguros (persona física)
- NIF
- 28823484E
- Registro
- Inscrito en el Registro Administrativo de Distribuidores de Seguros y Reaseguros de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) con la clave CS-F/0170. Puedes comprobarlo en dgsfp.mineco.gob.es.
- Domicilio profesional
- San Juan de La Palma, nº 28, 41003 Sevilla
- Contacto
- hola@grupoasegura.es
Independencia frente a las aseguradoras
Como corredor de seguros, el mediador no mantiene vinculación contractual exclusiva con ninguna entidad aseguradora, ni posee participación directa o indirecta superior al 10 % en ninguna de ellas, ni ninguna entidad aseguradora participa en más del 10 % en el mediador. El asesoramiento se presta con criterio de imparcialidad sobre las compañías disponibles.
Cómo se remunera
El mediador percibe una comisión sobre la prima que abona la entidad aseguradora. El cliente no paga ningún honorario adicional por el servicio de mediación.
A quién reclamar
Las reclamaciones se dirigen primero al Servicio de Atención al Cliente del mediador y, si no se resuelven, a la DGSFP (Servicio de Reclamaciones). Lo relativo a datos personales puede llevarse además a la AEPD.
Responsabilidad civil profesional
El mediador tiene concertado un seguro de responsabilidad civil profesional con Lloyd's of London, póliza M201900135, conforme al Art. 156.3 Ley 16/2018. También dispone de la capacidad financiera exigida por la misma norma.
Asesoramiento
Como corredor, el asesoramiento se presta sobre la base de un análisis objetivo: se comparan contratos de distintas entidades aseguradoras suficientes para poder formular una recomendación motivada. La remuneración por ello es la descrita arriba (comisión sobre la prima, abonada por la entidad aseguradora) y no varía en función de qué compañía se elija.
Quejas y reclamaciones
- Servicio de Atención al Cliente del mediadorPrimer paso. Plazo máximo de respuesta: un mes desde la presentación.hola@grupoasegura.es
- Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP)Servicio de Reclamaciones. Solo si el Servicio de Atención al Cliente no resuelve o no responde en plazo.www.dgsfp.mineco.gob.es
- Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)Para lo que afecte al tratamiento de datos personales.www.aepd.es
Versión 2026-09-v4 · última revisión 2026-09-05